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Prefecta de Chimborazo denunció a ministra del Trabajo

Prefecta de Chimborazo subrogante denuncia a la ministra del Trabajo Ivonne Núñez ante el Tribunal Contencioso Electoral. Esta es la razón.

Prefecta de Chimborazo denunció a Ministra del Trabajo. http://laprensa.com.ec

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) admitió a trámite la denuncia presentada por la prefecta de Chimborazo, Mónica Carolina Loza Torres, en contra de la ministra del Trabajo, Ivonne Jaqueline Núñez Figueroa.

Esto, por presunta infracción electoral tipificada en los numerales 2 y 12 del artículo 279 del Código de la Democracia, relacionados con el incumplimiento de órdenes legítimas y resoluciones de los órganos electorales competentes.

La denuncia, ingresada el 31 de octubre de 2025 a las 13h32 mediante correo electrónico institucional, fue firmada electrónicamente por Loza y su abogado patrocinador.

El documento fue asignado al juez principal del TCE, doctor Juan Patricio Maldonado Benítez, quien radicó la competencia bajo la causa No. 557-2025-TCE, según consta en el expediente oficial.

¿Por qué la Prefecta de Chimborazo denunció a la Ministra del Trabajo?

¿Por qué la Prefecta de Chimborazo denunció a la Ministra del Trabajo?
¿Por qué la Prefecta de Chimborazo denunció a la Ministra del Trabajo? http://laprensa.com.ec

De acuerdo con la resolución del TCE, el juez Maldonado dispuso citar a la ministra Núñez y ordenó la recopilación de información complementaria tanto al Ministerio de Trabajo como a la Prefectura de Chimborazo.

Ambas entidades deberán remitir al Tribunal, en un plazo de tres días, informes detallados sobre las inscripciones, modificaciones o eliminaciones registradas en el sistema de inhabilidades CIWEB relacionadas con el ciudadano Hermel Tayupanda Cuvi.

Así como los actos administrativos ejecutados por este desde el 29 de septiembre de 2025 —fecha en la que se ejecutorió una sentencia electoral de segunda instancia— hasta la presentación de la denuncia.

El proceso judicial busca esclarecer si la ministra Núñez incumplió disposiciones emanadas de órganos electorales en torno a la inhabilitación de Tayupanda, quien fue sancionado por el TCE en septiembre de 2025 por inducir al voto durante la campaña electoral.

Tras esa resolución, Mónica Loza asumió el cargo de prefecta de Chimborazo subrogante desde el 13 de octubre del mismo año.

La audiencia oral única de prueba y alegatos fue fijada para el 21 de noviembre de 2025 a las 10h30, en la sala de audiencias del Tribunal Contencioso Electoral en Quito.

De no presentarse la ministra, el proceso continuará en rebeldía y su defensa será asumida por un defensor público designado por la Defensoría Pública de Pichincha.

Asimismo, el Tribunal ordenó garantizar el orden público durante la diligencia y puso a disposición de las partes el expediente físico en la relatoría del despacho.

El juez Maldonado especificó que el caso se sustanciará en término, es decir, en días laborables, y dispuso notificar a las partes mediante los correos electrónicos institucionales registrados, además de publicar el auto de admisión en la página web del TCE.

La resolución judicial destaca que la denuncia de Loza cumple con los requisitos establecidos en el artículo 78 del Reglamento de Trámites del Tribunal Contencioso Electoral, y que las pruebas documentales solicitadas forman parte del auxilio contencioso electoral.

Figura que permite solicitar información a instituciones públicas cuando las pruebas directas no son accesibles para la parte denunciante.

En el fondo, el caso gira en torno a la correcta aplicación del registro de inhabilidades e impedimentos para el ejercicio de cargos públicos.

Según la denuncia, existiría una discrepancia entre las resoluciones judiciales y el registro administrativo del Ministerio de Trabajo.

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Al respecto, la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, se refirió al caso ante el TCE señalando que:

“Lo que piden es un informe de cumplimiento de registro de impedimento de funciones. Son hechos comunes”.

La funcionaria explicó además que las decisiones sobre inhabilidades difieren entre la condición para ser candidato de elección popular y la de ejercer un cargo público, y que el Ministerio actúa únicamente bajo las disposiciones judiciales emitidas.

Añadió que el juez titular del caso, Joaquín Viteri, ordenó registrar “solo la inhabilidad para ser candidato de elección popular” y que otro juez solicitó posteriormente un informe adicional, el cual será remitido conforme a lo ordenado.

El caso entre la prefecta subrogante y la ministra del Trabajo abre un nuevo capítulo en la disputa institucional en Chimborazo, donde el cumplimiento de las resoluciones del TCE al será determinante para definir la legitimidad en el ejercicio de funciones dentro del Gobierno Provincial.

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