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EL PRINCIPIO STARE DECISIS

“Stare decisis” literalmente significa “estar a lo decidido” y es un principio jurídico que determina que los jueces deben someterse en sus fallos a lo resuelto anteriormente en sus propias sentencias. En otras palabras, en casos iguales, las decisiones deben ser iguales.

Según este principio, la jurisprudencia no puede ser zigzagueante, pues tal conducta del juzgador genera desconfianza de los ciudadanos, vulneración a la seguridad jurídica y al principio de igualdad ante la ley.

Si en casos idénticos el mismo juez da un veredicto distinto algo está mal. El juzgador se equivocó de buena o mala fe, pero se equivocó y esto genera desconfianza de la ciudadanía y debilita el sistema democrático.

Los fallos contradictorios afectan el derecho a la seguridad jurídica, (Art. 82 Constitución de la República, en adelante CRE), que está ligado a la previsibilidad, conforme a derecho de la actuación de los poderes del Estado. Los pronunciamientos de jueces y tribunales deben ser previsibles bajo la regla de que: “ante iguales circunstancias los fallos deben ser iguales”.

El principio Constitucional de que todos somos iguales ante la Ley (Arts. 11.2 y 66.4 CRE) es groseramente violado por fallos antagónicos de un mismo juez o tribunal en casos iguales, pues implicaría que, para el mismo caso, existen dos justicias.

Pienso que el principio “stare decisis” puede y debe aplicarse no solo en el ámbito jurídico, debe aplicarse en toda circunstancia en la que, quien ostente autoridad tome decisiones.

Si no cambian los supuestos fácticos y las normas siguen siendo las mismas, las decisiones deben ser iguales, esto genera confianza y estabilidad, contribuye a la consecución de la justicia y fomenta la armonía, en las familias, en las instituciones y en la sociedad en general.

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