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Corte Constitucional anula estado de excepción en Chimborazo

Corte Constitucional elimina el estado de excepción en Chimborazo, Pichincha, Cotopaxi, Bolívar, Azuay y Santo Domingo y el paro nacional sigue.

Corte Constitucional anula estado de excepción en Chimborazo
Corte Constitucional anula estado de excepción en Chimborazo. http://laprensa.com.ec

La Corte Constitucional (CC) resolvió este viernes 3 de octubre de 2025 que el estado de excepción decretado en Chimborazo por el presidente Daniel Noboa carece de justificación y, por tanto, queda eliminado.

El Ejecutivo había extendido la medida a esta provincia el 18 de septiembre, argumentando que era necesaria para controlar las manifestaciones en Riobamba, Alausí y Colta.

Sin embargo, tras el análisis, la Corte concluyó que los reportes oficiales no demuestran una grave conmoción interna que amerite la suspensión de derechos.

Con esta decisión, los habitantes de Chimborazo recuperan plenamente la libertad de reunión y de tránsito, y el control del orden público queda bajo los canales regulares, sin intervención extraordinaria de las Fuerzas Armadas.

La Corte señaló que las protestas en la provincia se han mantenido en niveles menores, sin evidencia de violencia organizada que justifique medidas extremas.

Este fallo tiene un fuerte componente político: distingue a Chimborazo de las provincias del norte donde el paro indígena mantiene niveles altos de movilización y donde sí se sostiene el estado de excepción.

Estado de excepción se reduce a dos provincias

La decisión de la CC no se limitó a Chimborazo. El tribunal resolvió que el estado de excepción solo se mantiene en Carchi e Imbabura, al constatar allí graves alteraciones al orden público.

En estas dos provincias, se autorizó el despliegue conjunto de Policía Nacional y Fuerzas Armadas, así como limitaciones al derecho de reunión.

En contraste, el estado de excepción fue eliminado en Pichincha, Cotopaxi, Bolívar, Azuay y Santo Domingo de los Tsáchilas, además de Chimborazo.

El tribunal argumentó que no encontró hechos graves que justifiquen la restricción de derechos en esas jurisdicciones.

Toque de queda, fuera del mapa

Otro aspecto clave del dictamen fue la eliminación del toque de queda nocturno, que restringía la movilidad de 22:00 a 05:00 en varias provincias, incluida Chimborazo.

La Corte lo declaró inconstitucional al considerar que la medida era desproporcionada, pues no existía evidencia de que las protestas se planifiquen o generen hechos violentos en horas de la noche.

De esta manera, ninguna provincia del país estará sometida a restricciones de tránsito nocturno, lo que normaliza actividades productivas y comunitarias.

Contexto nacional y tensiones sociales

El fallo se da en medio de un escenario marcado por la intensificación de las movilizaciones sociales y el paro indefinido convocado por la Conaie.

Imbabura se ha consolidado como epicentro de las protestas, con cierres prolongados y enfrentamientos, mientras que en provincias como Chimborazo, Bolívar y Cañar, la conflictividad es menor pero constante.

Con esta resolución, la Corte Constitucional reafirma su papel como contrapeso institucional, recordando que los estados de excepción son mecanismos excepcionales y no pueden convertirse en una respuesta automática frente a la protesta social.

Otros dictámenes emitidos por la Corte

La CC también se pronunció sobre temas distintos al estado de excepción.

  1. Consulta popular y referendo:
    • Se aprobó la inclusión de una pregunta para reducir el número de asambleístas.
    • Se rechazó la posibilidad de preguntar sobre la enajenación de bienes inmuebles del patrimonio cultural.
  2. Aclaraciones negadas:
    • La Corte negó solicitudes presentadas por el Banco Central, el Servicio de Rentas Internas, la Asamblea Nacional y la Presidencia de la República.
    • Estas peticiones buscaban precisar fallos anteriores que invalidaron la Ley Orgánica de Integridad Pública y la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional el pasado 26 de septiembre.

Implicaciones políticas

La eliminación del estado de excepción en Chimborazo es un mensaje claro de la Corte: las medidas excepcionales deben responder a hechos concretos y verificables, no a escenarios de tensión de menor escala.

Para los sectores sociales de la provincia, la decisión representa un reconocimiento a la legitimidad de la protesta pacífica. A nivel nacional, el fallo limita el margen de maniobra del Ejecutivo y obliga a buscar salidas políticas al conflicto social en curso.

La resolución consolida un principio: la protesta en Chimborazo no constituye una amenaza que justifique restricciones extraordinarias, y los derechos fundamentales de sus habitantes deben ejercerse sin limitaciones desproporcionadas.

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