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Consulta popular: trabajo por horas en el sector turístico

El Gobierno impulsa en la consulta popular el contrato por horas en el sector turístico. La Corte Constitucional dio paso a la pregunta, mientras expertos advierten riesgos.

Consulta popular: trabajo por horas en el sector turístico
Consulta popular: trabajo por horas en el sector turístico

La pregunta sobre el trabajo por horas será parte del referendo y consulta popular del 14 de diciembre de 2025, propuesta por el presidente Daniel Noboa el pasado 5 de agosto.

La Corte Constitucional ya dio paso a la iniciativa, indicando que se trata de un ajuste limitado al turismo, sector caracterizado por la estacionalidad y la volatilidad.

La propuesta establece que el contrato por horas solo aplicará en la primera relación laboral, garantizando derechos como afiliación al IESS, pago de décimos y vacaciones.

En 2024, una iniciativa similar que abarcaba a todos los sectores fue rechazada en las urnas, con un 69,5 % por el No.
La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, afirmó que, de aprobarse en la

la contratación por horas en el sector turístico, se proyecta la creación de 30.000 nuevos puestos de trabajo.

La Prensa Ecuador en los siguientes días realizaremos el análisis de las cuatro preguntas de la consulta popular y referéndum para conocer los pros y contras de los temas aprobados.

Primera pregunta aprobada por la Corte Constitucional

Trabajo por horas desde la visión de Ricardo Luna

Ricardo Luna, abogado da su criterio sobre el trabajo por horas en el sector turístico.
Ricardo Luna, abogado da su criterio sobre el trabajo por horas en el sector turístico.

El abogado Ricardo Luna, miembro del estudio jurídico Axioma en Quito, ofrece una lectura crítica sobre la propuesta de introducir nuevamente la figura del trabajo por horas mediante consulta popular.

Para el jurista, se trata de un tema sensible que ya fue rechazado en 2024 y que está expresamente prohibido en la Constitución de 2008, lo que refleja el rechazo social a modalidades laborales asociadas con la precarización.

Luna reconoce que sectores como el turístico podrían beneficiarse de una mayor flexibilidad, dada la naturaleza variable de su actividad.

Sin embargo, advierte que este intento debe manejarse con sumo cuidado para evitar vulneraciones a los derechos laborales.

En caso de aprobarse, sería indispensable reformar el Código del Trabajo y garantizar que el contrato por horas incluya los mismos beneficios que un contrato ordinario: afiliación inmediata al IESS, pago proporcional de décimos, utilidades y estabilidad frente a despidos injustificados.

El abogado también señala los riesgos evidentes de esta figura.

En primer lugar, podría abrir la puerta a la precarización del empleo, permitiendo que los trabajadores reciban remuneraciones insuficientes y aportes mínimos, lo que terminaría inflando estadísticas de empleo sin mejorar las condiciones de vida reales.

En segundo lugar, podría generar inestabilidad e incertidumbre, ya que el trabajador no tendría la seguridad de ingresos fijos ni la capacidad de planificar proyectos personales o familiares.

En la práctica, recuerda Luna, muchos empleadores ya han recurrido a encubrir relaciones de dependencia bajo contratos de servicios profesionales, una práctica que ha derivado en procesos judiciales donde los jueces han debido reconocer la relación laboral real.

De allí la importancia de que, de aprobarse la consulta, el Ministerio del Trabajo asuma un rol activo en la supervisión y sanción de abusos, y que la Asamblea Nacional establezca con precisión los límites y condiciones de este tipo de contratación.

Finalmente, el abogado advierte que esta consulta podría ser vista como una puerta de entrada para ampliar el trabajo por horas a otros sectores, lo que implicaría un debate aún más amplio sobre la flexibilidad laboral en Ecuador.

En conclusión, Luna subraya que el éxito o fracaso de esta propuesta no dependerá únicamente de la aprobación ciudadana, sino de la capacidad del Estado para normar y controlar un sistema que, mal diseñado, podría significar un retroceso en derechos laborales.

David Layedra ve una posibilidad en el trabajo por horas

Daniel Layedra consulta popular trabajo por horas
Daniel Layedra, abogado da su criterio sobre el trabajo por horas

El abogado laboralista David Lalledra sostiene que la nueva consulta popular que plantea el trabajo por horas busca, ante todo, flexibilización laboral.

El Gobierno la acota al sector turístico tras el rechazo mayoritario de la propuesta en 2024, pero el jurista advierte que, con la Constitución vigente (art. 327), esta modalidad hoy es inconstitucional y conlleva riesgos de precarización si no se acompaña de una reforma profunda y reglas claras.

Layedra admite que el turismo opera por picos estacionales (feriados, festividades) y requiere esquemas más elásticos.

No obstante, insiste en que cualquier cambio debe blindar derechos irrenunciables: afiliación al IESS, estabilidad razonable, décimos y una remuneración por hora correctamente cuantificada a partir del salario básico.

Subraya que la promesa oficial de “no perder derechos” sólo será real si, tras la consulta, se ejecutan reformas constitucionales y luego una reforma —idealmente integral— del Código del Trabajo, para tipificar el contrato por horas, fijar límites, fiscalización y sanciones.

El abogado identifica tres focos de riesgo:

  1. Precarización y pérdida de estabilidad. El pago por horas podría desdibujar la naturaleza indefinida del vínculo laboral tras el período de prueba, reduciendo la previsibilidad de ingresos y afectando la planificación familiar y crediticia.
  2. Vacíos legales sensibles. Advierte sobre cálculo de jubilación si un trabajador con años de contrato indefinido es migrado a un esquema por horas; pide reglas que impidan recortes artificiosos que afecten pensiones.
  3. “Echa la ley, echa la trampa”. Teme usos oportunistas (rotación, subdeclaración de horas, traslados encubiertos) y recuerda que la terciarización también está prohibida por la Constitución, aunque podría intentarse reintroducir por vías indirectas.

Para Lalledra, flexibilizar no puede equivaler a desproteger. Plantea una balanza más equilibrada entre trabajador y empleador.

El Código actual es “muy garantista” del primero y poco del segundo, lo que —sostiene— desincentiva contratación, sobre todo en pequeños negocios por los costos de indemnizaciones y cargas.

Por eso asocia la flexibilización con la necesidad de políticas públicas complementarias: atraer inversión y crear fuentes reales de empleo para que la modalidad por horas no sea sólo un cambio nominal que maquille el subempleo.

En el terreno operativo, recuerda que hoy el Ministerio del Trabajo es el ente protector: ante vulneraciones, la vía empieza en sede administrativa, con verificación y sanciones (Mandato Constituyente 8) y cruce de información con el IESS.

Sin embargo, reitera que, si se aprueba la consulta para turismo, el paso siguiente es impostergable: reformar el Código del Trabajo, definir con precisión remuneración por hora, límites temporales, registro, controles, prohibiciones y sanciones, y despejar dudas sobre tributación y compatibilidad con otros contratos aún vigentes (p. ej., emergente).

Layedra concluye que el trabajo por horas puede ser una “buena alternativa” para generar ingresos y combatir la pobreza sólo si se enmarca en una reforma seria, completa y fiscalizable, que proteja derechos, cierre vacíos y evite prácticas abusivas.

De lo contrario, la medida corre el riesgo de inflar estadísticas sin mejorar las condiciones reales de los trabajadores.

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