¿Cómo obtener el certificado provisional de votación 2025 en Ecuador?
Si perdiste tu papel de votación o no sufragaste, puedes solicitar un certificado provisional de votación en el CNE. Conoce los requisitos para obtenerlo.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) extiende hasta el 15 de agosto de 2025 la entrega del certificado provisional de votación para quienes no sufragaron o perdieron su documento.
Si perdió su certificado de votación o no fue a votar y necesita el documento, en las delegaciones provinciales se puede obtener un certificado de votación con los requisitos básicos.
Este trámite es personal, ninguna persona otra persona puede tramitarlo.
Viviana Velarde, directora de provincial de las Delegación Provincial Electoral de Chimborazo, informó sobre las principales gestiones que actualmente realiza el Consejo Nacional Electoral (CNE) en la provincia, entre ellas este proceso.
Cuál es la validez del certificado de votación
Velarde explicó que el certificado provisional de votación se entrega a ciudadanos que perdieron su certificado original o que no sufragaron durante las elecciones.
Este documento tiene validez de 90 días, y se ha ampliado su emisión hasta el 15 de agosto de 2025.
Esto mientras se completa el levantamiento de la base de datos nacional de votantes y no votantes, tanto de la primera como de la segunda vuelta electoral.
“La base de datos aún no está consolidada, por eso no se puede emitir el certificado original. Cuando ya sepamos quién sufragó en cada vuelta, se podrá entregar el certificado definitivo”, precisó.
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¿Cómo sacar el certificado provisional?
El trámite puede realizarse de forma presencial, con la cédula de ciudadanía, o en línea a través de www.cne.gob.ec.
En caso de registrar multas, es obligatorio cancelarlas antes de acceder a cualquier tipo de certificado.
¿Cuáles son las sanciones por no ir a las votaciones?

Velarde recordó que en Ecuador el sufragio es obligatorio, y no cumplir con el voto, integrar o capacitarse como miembro de junta receptora del voto conlleva sanciones:
- 10% del salario básico por no votar,
- 15% por no integrar la junta,
- 15% por no asistir a la capacitación correspondiente.
En caso de no cumplir ninguna de estas responsabilidades, las multas se acumulan.
¿Cómo puedo justificar para obtener el documento?
La ciudadanía puede justificar su ausencia al sufragio en los siguientes casos, contemplados en el artículo 292 del Código de la Democracia:
- Ausencia del país (presentando pasaporte o certificado migratorio),
- calamidad doméstica o impedimento físico (con certificado médico),
- voto facultativo (aplica a mayores de 65 años, adolescentes entre 16 y 18, personas con discapacidad).