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Asamblea aprobó la Ley de Inteligencia: 8 claves para entenderla

Asamblea aprueba Ley de Inteligencia; estas son ocho claves esenciales para entender su alcance en seguridad y control estatal.

Asamblea aprobó la Ley de Inteligencia: 8 claves para entenderla

Asamblea aprobó la Ley de Inteligencia: 8 claves para entenderla. http://laprensa.com.ec

Con 77 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica de Inteligencia. La normativa fue impulsada por el bloque oficialista Acción Democrática Nacional (ADN).

Su aprobación contó con el respaldo de cuatro asambleístas de Pachakutik, algunos legisladores independientes. Y David Arias, de la Revolución Ciudadana (RC), quien fue expulsado inmediatamente de su bancada por apoyar la ley.

En su cuenta de Facebook, David Arias señaló que su voto por la Ley de Inteligencia es su firme postura por la seguridad del Ecuador y de las Islas Galápagos.

“No se trata de una alineación política ni nada por el estilo, sino de una convicción personal frente a la creciente amenaza de las bandas criminales que azotan a nuestra nación y perjudican nuestras economías”, señaló

Arias agregó que, si bien esta ley es crucial, su implementación debe ser cuidadosa y respetar los derechos ciudadanos.

Además, tres legisladores presentes del Partido Social Cristiano (PSC) se abstuvieron, al igual que parte de Pachakutik.

El correísmo votó en contra y propuso que la ley se votara por bloques. Propuesta que fue descartada por la ponente, Inés Alarcón (ADN), quien mocionó la aprobación del texto completo.

La votación fue cerrada. Tras alcanzar 76 votos, la aprobación dependió del independiente Juan Gonzaga, quien finalmente votó a favor. Permitiendo que la ley sea aprobada con el número mínimo requerido.

La normativa será enviada al presidente Daniel Noboa, quien podrá vetarla total o parcialmente, o aprobarla y enviarla al Registro Oficial para su publicación.

Puntos claves para entender la ley de Inteligencia aprobada por la Asamblea de Ecuador

La Ley Orgánica de Inteligencia crea un marco legal para el funcionamiento del Sistema Nacional de Inteligencia y establece nuevas competencias para la obtención de información:

1. Creación del Sistema Nacional de Inteligencia. Se establece un sistema con siete subsistemas operativos: Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Análisis Financiero, Casa Militar Presidencial, Tributaria, Aduanera y Penitenciaria. El titular será designado por el presidente de la República.

2. Obligación de entregar información. Personas, empresas, instituciones públicas y privadas deberán entregar, de forma obligatoria, gratuita y oportuna, la información solicitada por el sistema de inteligencia.

3. Acceso a datos sin orden judicial Las operadoras telefónicas estarán obligadas a entregar datos de usuarios a las autoridades de inteligencia, sin que se requiera una orden judicial previa.

4. Intervención de comunicaciones y documentos. Permite la retención, apertura, interceptación o examinación de documentos y comunicaciones por razones de “seguridad integral del Estado”.

5. Identidades encubiertas para agentes. Registro Civil podrá otorgar nuevas identidades a los agentes que participen en operaciones de inteligencia o contrainteligencia, las cuales serán confidenciales.

6. Prohibición del uso de menores. La ley prohíbe expresamente involucrar a niños, niñas y adolescentes en actividades de inteligencia o contrainteligencia.

7. Fondo de gastos especiales. Contará con un presupuesto propio dentro del Presupuesto General del Estado. Las asignaciones serán clasificadas.

8. Control e incineración de información. La Contraloría General del Estado será responsable de auditar los gastos del sistema de inteligencia. Pero la información será incinerada una vez revisada, por tratarse de datos sensibles.

La legisladora Alarcón defendió la ley y aseguró que no afectará derechos como la privacidad y que la información obtenida no podrá ser utilizada como prueba judicial.

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