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CAL suspende a Andrés Castillo de ADN sin sueldo por agresiones

La Asamblea Nacional sanciona a Andrés Castillo por agresiones verbales en el pleno con suspensión sin sueldo por 30 días. ¿Qué dijo?

CAL suspende a Andrés Castillo de ADN sin sueldo por agresiones
CAL suspende a Andrés Castillo de ADN sin sueldo por agresiones verbales.

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) resolvió suspender por 30 días sin remuneración a un legislador del bloque oficialista, tras concluir que incurrió en una falta administrativa grave durante una sesión del pleno de la Asamblea Nacional.

La decisión se adoptó el viernes 6 de febrero de 2026, luego de un proceso disciplinario que se activó por expresiones consideradas ofensivas y contrarias a la ética parlamentaria.

La sanción tiene como antecedente una queja formal presentada por el asambleísta Comps Córdova Díaz, representante de la provincia de Sucumbíos, quien denunció haber sido objeto de agresiones verbales en el marco del debate legislativo.

El hecho se produjo durante la continuación de la sesión n.º 057 del pleno, desarrollada el 6 de enero, en un contexto de alta confrontación política entre bancadas.

¿Por qué la Asamblea Nacional sancionó a Andrés Castillo?

El expediente administrativo establece que Andrés Castillo, asambleísta por Pichincha y miembro de Acción Democrática Nacional (ADN), realizó expresiones que fueron calificadas como insultantes y despectivas hacia un colega y hacia una bancada legislativa.

Estas conductas fueron encuadradas dentro del artículo 170 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que tipifica como falta administrativa grave las agresiones verbales cometidas en el ejercicio de la función parlamentaria.

Tras la presentación de la denuncia, el CAL inició el procedimiento correspondiente, el cual incluyó la notificación a las partes, la apertura de la fase probatoria y la comparecencia de los involucrados.

El 23 de enero, tanto el denunciante como Andrés Castillo expusieron sus argumentos y presentaron pruebas de cargo y de descargo, en una sesión que, según el organismo, se desarrolló respetando el debido proceso.

La moción para imponer la sanción fue presentada por la asambleísta Mónica Salazar, exintegrante de la Revolución Ciudadana y actualmente aliada del oficialismo.

La propuesta fue aprobada por mayoría, lo que dio paso a la suspensión temporal del legislador, sin goce de sueldo, por un período de 30 días.

¿Qué sanciones recibió Andrés Castillo asambleísta de ADN?

En su resolución, el Consejo de Administración Legislativa subrayó que la medida adoptada responde exclusivamente a criterios normativos y disciplinarios.

El CAL recalcó que su actuación se enmarca en la necesidad de garantizar el respeto, la convivencia democrática y el normal desarrollo de las actividades parlamentarias, independientemente de afinidades políticas.

El presidente de la Asamblea Nacional, Niels Olsen, respaldó públicamente la decisión y señaló que el pleno no puede convertirse en un espacio de descalificaciones personales. En su pronunciamiento, enfatizó que el debate político debe sostenerse con firmeza, pero también con altura, y que las normas internas existen para ser aplicadas sin excepciones.

La suspensión de Andrés Castillo no implica la pérdida de su curul ni la terminación de su mandato legislativo, pero sí conlleva restricciones claras:

  • No podrá participar en sesiones del pleno ni de comisiones.
  • No recibirá remuneración durante el tiempo de la sanción.
  • Su ausencia será registrada como parte de una medida disciplinaria formal.

Por su parte, Andrés Castillo ha manifestado, en declaraciones previas, que percibe el proceso como parte de una disputa política más amplia; sin embargo, la resolución del CAL quedó en firme y fue notificada conforme a los plazos establecidos.

El caso de Andrés Castillo se suma a otros antecedentes disciplinarios tramitados por la Asamblea Nacional y marca una señal institucional sobre los límites del discurso político dentro del Legislativo.

Para el Parlamento, la sanción constituye un mecanismo de control interno orientado a preservar la legitimidad del debate democrático y la imagen pública de la institución.

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