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CAL calificó dos leyes económicas urgentes de Daniel Noboa

CAL calificó dos proyectos económicos urgentes del Ejecutivo, iniciando el plazo legal de 30 días para su análisis y resolución. ¿En qué consisten?

CAL calificó dos leyes económicas urgentes de Daniel Noboa
CAL calificó dos leyes económicas urgentes de Daniel Noboa.

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) admitió a trámite dos proyectos de ley con carácter de urgencia en materia económica enviados por el presidente Daniel Noboa, decisión que reactivó el plazo constitucional de 30 días para que la Asamblea Nacional los apruebe, modifique o archive.

La resolución define el inicio formal del tratamiento legislativo y delimita el escenario institucional en el que se debatirán reformas consideradas estratégicas por el Ejecutivo.

La decisión fue adoptada la tarde del domingo 1 de febrero de 2026, cuando se calificó las iniciativas y resolvió remitirlas a la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa.

Con ello, se activó el procedimiento expedito previsto en la Ley Orgánica de la Función Legislativa para proyectos económicos urgentes.

El proceso legislativo se desarrolla bajo plazos estrictos. La Comisión designada tendrá un máximo de diez días para elaborar el informe para primer debate, que deberá realizarse en una sola sesión del Pleno.

Posteriormente, contará con cuatro días adicionales para procesar observaciones y presentar el informe para segundo debate.

CAL da paso a la Ley minera y energética

El primer proyecto admitido a trámite corresponde a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía, remitida por el Ejecutivo el 27 de enero de 2026.

El CAL dispuso que su análisis esté a cargo de la Comisión de Desarrollo Económico, considerando su impacto directo en áreas estratégicas para la economía nacional.

La iniciativa plantea reformas orientadas a superar restricciones regulatorias, fragmentación normativa y falta de seguridad jurídica que, según el Gobierno, han frenado la inversión en minería y energía.

En el ámbito minero, el proyecto propone la simplificación de trámites, la reducción de plazos y la eliminación de cargas procedimentales consideradas desproporcionadas, con el objetivo de destrabar proyectos paralizados y reactivar flujos fiscales.

En el sector energético, la propuesta habilita esquemas excepcionales de concesión y delegación de proyectos de generación eléctrica, integrando financiamiento, construcción, operación y mantenimiento.

Estas concesiones podrían extenderse hasta por 30 años y permitir la participación de actores privados, estatales, extranjeros o de la economía popular y solidaria, trasladando los riesgos operativos y financieros fuera del Estado.

Ley para los GAD: regla fiscal y obligación de destinar recursos a inversión pública

El segundo proyecto calificado es la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad), también remitida a la Comisión de Desarrollo Económico.

El CAL resolvió su admisión tras recibir los informes técnico-jurídicos de la Unidad Técnica Legislativa, que concluyeron que la propuesta cumple con los requisitos constitucionales y legales.

Esta iniciativa tiene como objetivo central imponer disciplina fiscal a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).

La reforma establece que estas entidades deberán destinar al menos el 70 % de su presupuesto anual a gastos de inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura y servicios públicos.

El proyecto incorpora mecanismos de trazabilidad, control y rendición de cuentas, así como una regla fiscal basada en definiciones técnicas del clasificador presupuestario.

Aunque no prohíbe rubros específicos de gasto, fija límites generales para evitar que los recursos se desplacen hacia áreas administrativas y discrecionales, priorizando la ejecución de obras y servicios en territorio.

Con la calificación Pleno de la Asamblea Nacional deberá pronunciarse sobre ambos proyectos dentro del plazo fatal de 30 días desde su recepción.

De no existir una resolución en ese lapso, el presidente Daniel Noboa podrá promulgarlos por el ministerio de la ley, cerrando el trámite legislativo sin una decisión expresa del Parlamento.

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