Asamblea: criticar a funcionarios y autoridades te llevaría a la cárcel
Una reforma al COIP impulsada en la Asamblea genera polémica: criticar a funcionarios públicos podría seguir siendo sancionado con cárcel. Periodistas alertan ley mordaza.

Una propuesta de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que se analiza en la Asamblea Nacional ha encendido las alarmas entre periodistas, abogados y defensores de derechos humanos.
El debate gira en torno a una pregunta clave: ¿criticar a un funcionario o autoridad podría llevar a una persona a la cárcel?
La iniciativa fue presentada por la asambleísta Camila León, del movimiento Acción Democrática Nacional (ADN), y busca modificar el artículo 396 del COIP, que regula las contravenciones de cuarta clase relacionadas con expresiones que afecten la honra o reputación de una persona.
¿Qué dice actualmente el artículo 396 del COIP?
En su redacción vigente, el artículo sanciona con 15 a 30 días de prisión a cualquier persona —periodista o no— que emita expresiones consideradas violentas, agresivas, vulgares u hostiles contra otra persona. Esta disposición también se aplica cuando dichas expresiones se difunden a través de medios digitales o redes sociales.
La reforma propuesta
La propuesta de León plantea que los jueces deban verificar previamente si las expresiones denunciadas forman parte del ejercicio legítimo del derecho a la libertad de expresión, especialmente cuando se trate de:
- Temas de interés público
- Críticas a funcionarios o autoridades en el ejercicio de sus funciones
Según la legisladora, los jueces deberán aplicar estándares constitucionales e interamericanos, además de un test de proporcionalidad, basado en los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad en sentido estricto.
Críticas y advertencias de una posible “ley mordaza”
Pese a estos matices, la reforma ha sido duramente cuestionada. Periodistas y juristas advierten que mantener la vía penal para sancionar expresiones críticas podría tener un efecto inhibidor, desalentando la fiscalización ciudadana y el ejercicio del periodismo.
La constitucionalista Lolo Miño señaló en la red social X que la propuesta vulnera la libertad de expresión y recalcó que el derecho penal siempre resulta desproporcionado en este tipo de casos.
A su criterio, cuando un funcionario considera que su honor ha sido afectado, deberían activarse mecanismos no penales, como acciones civiles o administrativas.
El debate de fondo
Especialistas coinciden en que los conflictos entre derecho al honor y libertad de expresión no deberían resolverse con penas privativas de libertad, especialmente cuando involucran a funcionarios públicos, quienes están sujetos a un mayor nivel de escrutinio.
El debate legislativo continúa y reabre una discusión recurrente en Ecuador: ¿hasta dónde llega la protección del honor y dónde empieza la censura penal a la crítica?
Preguntas frecuentes sobre el proyecto de ley
¿Criticar a un funcionario público puede llevar a la cárcel en Ecuador?
Sí. El artículo 396 del COIP permite sancionar con entre 15 y 30 días de prisión expresiones que afecten la honra, incluso si se trata de críticas a funcionarios públicos.
¿Qué cambio propone la reforma debatida en la Asamblea?
La reforma propone que los jueces evalúen si las expresiones denunciadas están protegidas por la libertad de expresión antes de imponer una sanción penal.
¿Quién impulsa la reforma al artículo 396 del COIP?
La propuesta fue presentada por Camila León, asambleísta del movimiento Acción Democrática Nacional (ADN).
¿Por qué se califica la reforma como una posible ley mordaza?
Porque mantiene la vía penal para sancionar expresiones críticas, lo que podría inhibir la libertad de expresión y el periodismo.
¿Qué opinan los expertos constitucionales sobre el uso del derecho penal?
Sostienen que el derecho penal es desproporcionado y que estos casos deberían resolverse por vías civiles o administrativas.
¿Cuándo una crítica está protegida por la libertad de expresión?
Cuando se refiere a asuntos de interés público o a a funcionarios en el ejercicio de sus funciones, según estándares constitucionales e interamericanos.
